Apelación tumba el recurso del Granada CF sobre la alineación indebida en la Copa
Las alegaciones de la entidad rojiblanca sobre el carácter 'profesional' de la Copa del Rey para justificar la alineación de Adri López han sido desestimadas
El Comité de Apelación ha desestimado las alegaciones presentadas por el Granada CF tras la eliminación de los rojiblancos de la competición de la Copa del Rey por una supuesta alineación indebida de su cancerbero Adri López en el encuentro de la primera eliminatoria ante el Arosa SC, y que el equipo de Paco López ganó por el resultado de 0-3, y ratifica el fallo del Juez Único de Competición.
El Granada CF, tras denunciar el Arosa SC que el portero del conjunto nazarí, con ficha del Recreativo de Granada, tenía más de 23 años y no podía ser alineado según la normativa vigente, alegó que “la Copa de SM el Rey es una competición profesional de acuerdo a lo establecido en los artículos 83 y 84 de la nueva Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, que entró en vigor el 1 de enero de 2023. Por lo tanto, la alineación de un portero del equipo dependiente menor de 25 años es correcta”.
Apelación considera que “no es válido que un futbolista con 23 años cumplidos al primero de enero de la temporada en curso, e inscrito en el equipo dependiente, en este caso el Club Recreativo Granada “B”, se alinee con el primer equipo de la cadena del principal -Granada C.F.- toda vez que esta opción únicamente se permite para futbolistas con la condición de portero, y únicamente en competiciones profesionales, y en nuestro caso, el Campeonato de España/Copa de S.M. el Rey, sin ningún tipo de duda, es una competición oficial de ámbito estatal y carácter no profesional (artículo 209 del Reglamento General)” .
En su resolución, el Comité de Apelación de la RFEF acordó “desestimar el recurso formulado por el Granada CF, SAD, confirmando la resolución impugnada del Juez Disciplinario Único, de fecha 7 de noviembre de 2023”.
El Granada CF, que no entra en el bombo de la segunda eliminatoria de la Copa del Rey, podrá recurrir al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) para intentar agotar la vía administrativa.
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