El Granada desmiente que Pina entre en la compra de acciones del Oviedo
El club ha lanzado un comunicado público para desmentir dicha información
La visita de Quique Pina a Oviedo había disparado durante los últimos días toda una rumorología sobre su posible desembarco en el club asturiano. El Granada ha querido salir al paso de algunas informaciones lanzando un comunicado público:
Tras las diferentes informaciones vertidas durante el día de hoy en algunos medios de comunicación de la ciudad de Granada, concretamente a través del periodista D. Pedro Lara, quien trabaja para los medios Onda Cero Granada y TG7, los cuales siempre siguen una misma dirección y criterio, no siendo este otro que el desprestigio continuo al Presidente de nuestro club, y por ello a la entidad del Granada Club de Futbol, SAD, queremos comunicar lo siguiente:
Que D. Enrique Pina Campuzano, Presidente del Granada Club de Futbol, SAD, no entrará como persona física, ni formando parte de ningún grupo accionarial, en la compra del accionariado de otra SAD, toda vez, que le es legalmente imposible, en función a:
CAPÍTULO V. LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD Y OTROS ASPECTOS
Artículo 21. Consejo de Administración.
1. El órgano de administración de las sociedades anónimas deportivas será un Consejo de Administración compuesto por el número de miembros que determinen los Estatutos.
2. No podrán formar parte del Consejo de Administración:
a. Las personas señaladas en la Ley de Sociedades Anónimas y demás normas de general aplicación.
b. Quienes en los últimos cinco años hayan sido sancionados por una infracción muy grave en materia deportiva.
c. Quienes estén al servicio de cualquier Administración pública o sociedad en cuyo capital participe alguna Administración pública siempre que las competencias del órgano o unidad a la que estén adscritos estén relacionadas con la supervisión, tutela y control de las sociedades anónimas deportivas.
d. Quienes tengan derecho o hayan tenido en los dos últimos años la condición de alto cargo de la Administración General del Estado y de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de ella, en los términos señalados en el artículo 1.2 de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, siempre que la actividad propia del cargo tenga relación con la de las sociedades anónimas deportivas.
3. Los miembros del Consejo de Administración y quienes ostenten cargos directivos en una sociedad anónima deportiva no podrán ejercer cargo alguno en otra sociedad anónima deportiva que partícipe en la misma competición profesional o, siendo distinta, pertenezca a la misma modalidad deportiva.
No obstante, y como ya ocurrió en la temporada anterior en el Cádiz Club de Fútbol, SAD, puede ser la persona elegida para dirigir el proyecto deportivo de cualquier grupo inversor que pudiera comprar el paquete mayoritario de acciones de alguna SAD, siendo esta situación beneficiosa de forma indirecta para el Granada Club de Futbol, SAD, ya que vería ampliado su patrimonio con la adquisición de nuevos activos.
Por lo tanto, siendo esta la realidad, queremos dirigirnos tanto a nuestros abonados, aficionados y simpatizantes en general, para que la información sea veraz, y dejen de tergiversar noticias, vacías de contenidos, que lo único que intentan es desacreditar el trabajo serio y eficaz que se viene realizando en nuestra entidad.
A partir de este momento, el Granada Club de Futbol, SAD tomará las medidas oportunas contra cualquier persona o medio que no vierta informaciones contrastadas y que faltan a la honorabilidad de alguno de los miembros del Consejo de Administración, Plantilla, Cuerpo Técnico y Trabajadores de nuestra entidad, siendo esta información facilitada hoy, una más de una larga relación de improperios, a los cuales se ha decidido poner fin.
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