La acusación particular recurre la sentencia absolutoria del caso 'Los Cármenes'

El letrado, Manuel Sanchís, ya ha presentado la preparación del recurso de casación

Una imagen de la demolición del antiguo estadio (GRJ)
Una imagen de la demolición del antiguo estadio (GRJ)

Agencias

La acusación particular del caso por la venta del viejo estadio de Los Cármenes del Granada CF ha iniciado los trámites judiciales para recurrir ante el Supremo la sentencia de la Audiencia que absolvió a los cinco promotores inmobiliarios y los tres ex directivos que fueron juzgados.

El letrado Manuel Sanchís, que representa al ex presidente Alfonso Suárez, ha informado de que ya ha presentado la preparación del recurso de casación que, una vez admitido a trámite, será fundamentado jurídicamente e interpuesto formalmente. En concreto, la acusación particular discutirá en su recurso tanto la aplicación de los tipos penales en la forma en la que lo hace la sentencia como la afirmación que se hace en esa resolución sobre la inexistencia de perjuicios.

 

En una resolución de veinte páginas, la Sección Primera de la Audiencia decidió recientemente sobre un asunto cuya instrucción judicial se ha demorado más de una década y que llevó al banquillo a importantes empresarios granadinos que en 1996 adquirieron el estadio agrupados en la sociedad Lazasur.

La sentencia absolvió a los promotores José Julián Romero, José Manuel Rodríguez Acosta, Isidro Moleón, Francisco Salas y Francisco Millán, y al presidente del Granada CF cuando se cerró la operación, Cándido Gómez, el entonces asesor jurídico Luis Rivas y el ex secretario del club Antonio Lasso. Aunque la Audiencia no vio delito en la operación sí consideró que los directivos del Granada CF se 'extralimitaron' en el mandato concreto que tenían de la asamblea de socios del club por vender Los Cármenes a alguien distinto del Ayuntamiento de la capital.

No obstante, estimó que no hubo perjuicio económico alguno para los socios con la venta, puesto que todos coincidían en que, 'dada la cuantía de las deudas' que tenía el club, no había otra solución que llevarla a cabo para, con su importe, pagar a los acreedores, quienes de hecho finalmente resultaron 'satisfechos'.

La resolución precisaba que 'otra cuestión es que no se hicieran las cosas como se debían, mas los propios actos posteriores del Granada CF ratificando lo hecho por su directiva ponen de manifiesto que no había intención de perjudicar' al club, ni a Lazasur. Al respecto, explicó que desde el momento en que el Granada aceptó en su provecho los pagos de las deudas que hizo la sociedad compradora y desistió de la demanda que presentó para tratar de anular la compraventa, lo que hizo fue 'dar plena validez' a la operación, por lo que 'difícilmente' puede considerarse al club 'víctima de estafa alguna'.

La absolución en vía penal impidió que el Tribunal se pronunciara sobre las pretensiones civiles esgrimidas tanto por las acusaciones como por el Ayuntamiento, que solicitó ser indemnizado en 19,35 millones de euros y que se declara nulo el acuerdo del pleno municipal que acordó no aceptar la oferta de compra. Durante el juicio, celebrado durante la primera quincena del pasado septiembre, la acusación particular mantuvo su petición de penas de cárcel y multas que hacía para los imputados luego absueltos, aunque rebajó en 2 años la del delito de estafa.

Sanchís, que ahora ha recurrido el fallo, consideró 'perfectamente acreditados' los diferentes delitos que imputó y trató de recriminar la actitud mostrada durante el juicio por la Fiscalía, que en este caso no vio delito.

 
 
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